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Como empadronarse en España.

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Published by Claudia M.I. at marzo 24, 2020
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    ¿Qué es el empadronamiento?

    El padrón municipal es el registro administrativo donde figuran todos los vecinos que viven o residen habitualmente en ese municipio. Sus datos son una prueba de la residencia en el municipio.

    Según la ley toda persona que viva en España tiene la obligación de empadronarse en el municipio donde resida. Si vive en más de un municipio, se inscribirá únicamente en el que resida durante más de un año (BOE-A-2015-3109)

    Si se cambia de domicilio habrá de solicitar un cambio de empadronamiento. Se trata, de un detalle bastante importante a la hora de realizar trámites tanto de extranjería como administrativos.

    ¿Para qué sirve el empadronamiento?

    El empadronamiento será el documento que acredite el tiempo de permanencia en territorio español, independientemente de su nacionalidad o de su situación legal, es decir si tiene o no residencia o bien la misma en tramite. La inscripción en el Padrón lo acredita como vecino del municipio.

    ¿Qué necesito para empadronarme?

    Para poder realizar el empadronamiento necesitará establecer un domicilio, el cual no es necesario que sea de su propiedad, puede ser en alquiler o bien la casa de un familiar o un conocido.

    Es aconsejable realizar el empadronamiento tan pronto como sea posible, tras la llegada  a España. La inscripción se realiza en el Ayuntamiento correspondiente a la localidad donde usted reside. 

    Es un trámite muy sencillo y este documento le será necesario:

    • Para solicitar la regularización o permisos de residencia y trabajo,
    • Le da derecho a solicitar el carné para la asistencia sanitaria,
    • Le será exigido para realizar el canje del permiso de conducir en el caso de existir convenio con su país de nacimiento,
    • Es imprescindible para realizar la inscripción escolar de sus hijos
    • Y todos los demás tramites inherentes a los extranjeros.

    Existe una ley orgánica del 2003 que establece la renovación del empadronamiento cada dos años de todos los extranjeros comunitarios sin autorización de residencia permanente. Estableciendo una caducidad de dos años. 

    ¿Puedo empadronarme aunque no tenga papeles?

    Si usted se encuentra en situación irregular no debe temer empadronarse en el Ayuntamiento correspondiente a su domicilio. El Ayuntamiento no realiza control sobre la legalidad o ilegalidad de las personas que residen en territorio español. El Ayuntamiento solo lleva un registro «El padrón», de las personas que habitan en su jurisdicción y verificar la situación en que se encuentran. 

    Documentación necesaria para poder empadronarse:

    Solicitar en la Oficina del Ayuntamiento que le corresponda, de acuerdo a su domicilio, los siguientes documentos:

    • El formulario de Alta Individual o Colectivo.
    • Fotocopia y original del pasaporte.
    • Fotocopia y original del contrato de alquiler o la autorización firmada por el dueño de la vivienda donde esta alojado. Si es el caso, deberá incluirse en el formulario para poder empadronarse en su domicilio. Igualmente el dueño de la vivienda tendrá que renovar su empadronamiento para incluirlo a usted.

    En caso de hijos, presentará fotocopia y original de los pasaportes y libro de familia.

    ¿Qué hacer si cambio de domicilio a un nuevo municipio?

    Si cambias de domicilio deberás solicitar por escrito el alta en el municipio donde fijes tu nueva residencia. El municipio dentro de los primeros diez días del mes siguiente notificará a tu antiguo municipio para solicitar la baja del padrón.

    ¿Qué diferencias hay entre un volante de empadronamiento y una certificación?

    El volante de empadronamiento: es la constancia que te dará tu municipio para acredita tu empadronamiento. Debes solicitarlo para realizar trámites administrativos donde no sea necesario una prueba rigurosa; como solicitar ayudas escolares, servicios sociales, en tarifas de transporte, etc.

    Certificado de empadronamiento: lo requerirás cuando sea necesario acreditar tu empadronamiento ante Tribunales de Justicia, organismos extranjeros, etc. Las certificaciones deberán llevar firmas manuscritas del Secretario y del Alcalde o de sus delegados.

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    Claudia M.I.
    Claudia M.I.

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