Los antecedentes penales son una serie de datos recogidos por el Ministerio de Justicia en su Registro Central de Penados y Rebeldes que hacen referencia a una persona después de que haya sido condenada por cometer un determinado delito por sentencia firme. Los antecedentes penales requieren la comisión de un delito y una sentencia inculpatoria.
Todos los particulares condenados por sentencia firme que hayan extinguido su responsabilidad penal tienen el derecho de obtener del Ministerio de Justicia la cancelación de sus antecedentes penales en los plazos que marca la Ley.
Los Requisitos necesarios para cancelar los antecedentes penales que exige la Ley, son:
a) Para cancelar los antecedentes penales (art. 136 del Código Penal):
No haber delinquido de nuevo durante los siguientes plazos:
· Seis meses para las penas leves.
· Dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.
· Tres años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años.
· Cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.
· Diez años para las penas graves.
El cómputo de estos plazos se interrumpirá por la comisión de nuevos delitos durante su transcurso.
b) Para cancelar las anotaciones de medidas de seguridad:
Las anotaciones de las medidas de seguridad serán canceladas una vez cumplida o prescrita la respectiva medida.
Los antecedentes policiales son los datos referentes a un sujeto que forman parte de las bases de datos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, es decir, de la Guardia Civil, de la Policía Nacional o de sus equivalentes, de las Unidades de Policía Judicial, de la Policía Local y Municipal o de la Guardia Urbana. No requieren la comisión de un delito y una sentencia inculpatoria, es decir, cualquier situación en que una persona se ve involucrada y los agentes hayan solicitado sus datos de identificación y obren de sus registros, como ocurre en una detención, caso en que se genera antecedentes policiales, pero no antecedentes penales.
La cancelación de Antecedentes policiales puede darse de tres formas: